Читать книгу Medidas cautelares y diligencias preliminares en el ámbito civil онлайн

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La casuística que se puede dar a la hora de determinar la competencia es variada, así PÉREZ DAUDÍssss1 recoge algunos de los problemas que se han planteado y han sido resueltos por la jurisprudenciassss1, uno de ellos es cuando conociendo de un asunto el Juzgado de lo mercantil, la parte demandada presenta una demanda reconvencional de la que carece de competencia dichos juzgados al tener la competencia objetiva los Juzgados de primera instancia, y se solicita una medida cautelar para que la adopte el Juzgado de lo Mercantilssss1. La solución que se da en este supuesto es que el Juzgado de lo mercantil carece de competencia para dictar la medida cautelar, pues carece de competencia objetiva para conocer del proceso principal y esa es la única norma que prevalece.

2.4. Competencia en las medidas cautelares adoptadas en segunda instancia, recurso de casación o infracción procesal

Para conocer de las solicitudes relativas a medidas cautelares que se formulen durante la sustanciación de la segunda instancia o de un recurso extraordinario por infracción procesal o de casación, será competente el tribunal que conozca de la segunda instancia o de dichos recursos. (art. 727. LECiv/2000).

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