Читать книгу Aspectos fundamentales de la Mediación civil y mercantil. Especial referencia a la mediación en la Comunitat Valenciana онлайн

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B) La mediación

La mediación es un mecanismo autocompositivo de solución de controversias. Son, por tanto, las propias partes en conflicto las que de manera consensuada alcanzan una solución aunque, a diferencia de otras fórmulas autocompositivas, en la mediación lo hacen con “ayuda” de un tercero –el mediador–, cuya función no es la de resolver el conflicto sino la de acercar posiciones. Al igual que en el arbitraje, el recurso a este mecanismo de solución de controversias parte de la autonomía de la voluntad, de manera que solo tendrá lugar si ambas partes voluntariamente así lo han decidido.

Pero, además, la opción por la mediación parte también de la disponibilidad de los derechos en juego; por tanto, solo cabe mediación cuando se trata de un conflicto relativo a derechos disponibles. Sin embargo, esta afirmación debe ser en cierta manera matizada puesto que, tal y como vemos en el capítulo siguiente, en los últimos años ha comenzado a tener cabida esta institución también en el ámbito penal (aunque en este caso no se trata de una verdadera alternativa al proceso sino, más bien, de un complemento al mismo –sobre todo, en su todavía incipiente aplicación en el enjuiciamiento de adultos-).

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