Читать книгу Sistemas teóricos y prácticos del derecho de aguas онлайн
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3) En definitiva, el dominio público es un régimen de protección de una determinada categoría de bienes (en este caso dominio público hidráulico) para preservar y garantizar la afectación de esos bienes a su destino.
4) La doctrina científica consigue ahondar en el concepto significando que la opción adecuada no consiste en encuadrar la demanialización en una categoría determinada sino que se configura como una de las instituciones jurídicas clave del Derecho Público, en general, y del Derecho Administrativo, en particular. También entiende que el dominio público no constituye una forma de propiedad sino que aglutina una serie de potestades de administración, protección y gestión sobre ese concreto demanio hidráulico. Los particulares podrán acceder a derechos de uso o aprovechamiento sobre este dominio público, a través de procedimientos concesionales. Esos derechos formarán parte del patrimonio de sus respectivos titulares particulares, teniendo eso sí una naturaleza temporal.
5) Luciano PAREJO ALFONSO traza una serie de líneas maestras en su estudio jurídico “Dominio público: un ensayo de reconstrucción de su teoría general” del que cabe extractar lo siguiente: