Читать книгу Manual de derecho administrativo. Parte general онлайн

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Para el cumplimiento de sus fines, los Tratados reconocen a la Unión Europea, la capacidad de crear su propio ordenamiento jurídico, su propio sistema normativo, que se impone al de los Estados miembros. La doctrina ha establecido que este efecto no traduce una relación de jerarquía, sino de primacía: el ámbito cuya regulación corresponde al Derecho comunitario, no puede verse afectado por el Derecho aprobado por los Estados miembros de la UE, ya que constituye un ámbito de competencias reservado a la UE. Las relaciones entre ambos ordenamientos se concretan en el plano de la determinación de la norma aplicable mediante la técnica del desplazamiento TCE del Derecho interno y la aplicación de la norma que corresponda del Derecho comunitario en el caso de que la norma nacional esté en contradicción con la norma comunitaria europea (STJCE de 9 de marzo de 1978, caso Simmenthal y artículo I-6 del 2004). Desplazamiento de ordenamiento nacional que deben realizar todos los operadores jurídicos, incluida la Administración Pública, por tanto, y en su caso, el Juez o Tribunal competente. No se produce, en consecuencia, ninguna derogación de normas internas incompatibles con las posteriores que puedan aprobarse en el Derecho comunitario, ni tampoco la nulidad de las de Derecho interno que puedan promulgarse con posterioridad a la norma de Derecho comunitario con la que resultan contradictorias: se produce simplemente en tales supuestos la inaplicación de la norma interna por desplazamiento del ordenamiento nacional por el comunitario.

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