Читать книгу Manual de derecho administrativo. Parte general онлайн
105 страница из 281
Por último, el Tribunal Constitucional tiene competencia para conocer de cualquier otra materia que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas [artículo 161.1. d) En esta cláusula residual se incluyen, entre otros, los conflictos entre órganos constitucionales del Estado [artículo 59.c)1 LOTC], los conflictos en defensa de la autonomía local que planteen los municipios y provincias frente al Estado o una Comunidad Autónoma (artículo 59.2 LOTC) y los recursos de amparo contra la proclamación de candidaturas, candidatos y proclamación de electos (artículo 49 LOREG). Por su parte, la LO 1/2010 atribuye al TC la competencia exclusiva para conocer de los recursos interpuestos contra las normas fiscales de los Territorios de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, dictadas en el ejercicio de las competencias que desarrollan la DA 1.ª CE, y reconocidas en el artículo 41.2.a) del estatuto de Autonomía para el País Vasco. Por último, la LO 12/2015, atribuye al TC el control previo de inconstitucionalidad de los Proyectos de Estatutos de Autonomía y Propuestas de Reforma.