Читать книгу Manual de Derecho Tributario. Parte Especial онлайн
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El importe total obtenido por la transmisión deberá destinarse en el plazo de 6 meses a constituir una renta vitalicia asegurada a favor del transmitente. La cantidad máxima global que podrá destinarse a constituir la renta vitalicia será de 240.000 euros.
El Tribunal Supremo –Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 1858/2018, 20 diciembre, Rec. 3392/2017. Ponente: R. Toledano Cantero– falló que para considerar exenta la ganancia patrimonial obtenida con ocasión de la transmisión por mayores de 65 años de su vivienda, no es suficiente con que hubiera constituido su residencia habitual durante el plazo continuado de al menos tres años, sino que es también necesario que el transmitente haya tenido el pleno dominio de la misma durante idéntico periodo de tiempo.
La razón es clara: si la exención se produce por la transmisión de la titularidad del dominio sobre la vivienda habitual, entiende el TS que tal titularidad jurídica debe haberse producido durante el periodo de tiempo exigido por la norma para la aplicación de la exención –que es el de tres años– porque es precisamente la transmisión la que origina la alteración de la composición del patrimonio.