Читать книгу Lecciones de Derecho Mercantil Volumen I онлайн
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De otra parte, cada vez es más frecuente que el empresario agrícola se estructure en forma de sociedad anónima o de responsabilidad limitada que, según hemos indicado, son empresarios mercantiles por declaración legal. Estos empresarios mercantiles agrarios están sometidos al mismo estatuto jurídico que los demás empresarios mercantiles. Así, junto con las sociedades agrarias de transformación (regidas por el RD 1776/1981, de 3 de agosto, y la OM de 14 de septiembre de 1982) –que son sociedades civiles– y junto con las sociedades cooperativas agrarias (art. 93 LCoop) y con las sociedades cooperativas de explotación comunitaria de la tierra (arts. 94 a 97 LCoop) –que pueden ser o no mercantiles (art. 124 C. de C.), aunque generalmente lo sean–, coexisten sociedades anónimas o de responsabilidad limitada con un objeto agrícola, ganadero o forestal que, por razón de la forma social elegida, tienen siempre el carácter de sociedades mercantiles (art. 2 LSC).