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1. EL CONCEPTO DE EMPRESARIO INDIVIDUAL
El empresario individual es la persona natural que ejercita en nombre propio, por sí o por medio de representante, una actividad constitutiva de empresa.
En la técnica jurídico-mercantil moderna, este concepto tiene una significación equivalente a la del comerciante en la técnica del Código de Comercio. El empresario de hoy es el comerciante de ayer. Y, en realidad, cuando el Código declara comerciante a la persona «que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio se dedica a él habitualmente» (art. 1), deja traslucir ya la figura del empresario: en el ejercicio habitual del comercio, peculiar del comerciante o mercader de todos los tiempos, siempre estuvo en potencia el desarrollo profesional de una actividad económica organizada para servir necesidades del mercado; en otros términos, estaba en potencia el ejercicio de una actividad empresarial, que se va haciendo cada vez más visible a medida que las nuevas exigencias de orden técnico y económico fuerzan al antiguo comerciante a desarrollar y perfeccionar la organización para el desenvolvimiento de su actividad profesional. Por otra parte, la dedicación habitual a esa actividad es tan necesaria en el empresario como lo era en el comerciante, porque sin ella no hay profesión posible, y la profesionalidad –como ya hemos visto– es característica esencial de la actividad.