Читать книгу La Relación Laboral Especial de los Abogados en Despachos онлайн

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Por ello, tampoco se ha considerado existente una relación laboral especial por la creación de una sociedad civil entre varios abogados y la percepción de un porcentaje de los beneficios netos anuales con anticipos mensuales [STSJ-Galicia 3288/2013, de 27 de junio de 2013 (JUR 2013, 252034)].

2.5. Las relaciones que se establezcan entre los despachos y los abogados cuando la actividad profesional concertada a favor de los despachos se realice con criterios organizativos propios de los abogados y la contraprestación económica percibida por éstos por dicha actividad profesional esté vinculada enteramente a la obtención de un resultado o a los honorarios que se generen para el despacho por la misma. Se exceptúan de este supuesto las relaciones en las que se garantice a los abogados por la actividad profesional concertada, periódicamente, unos ingresos mínimos

La exclusión regulada por el art. 1.2.d) RLAE, vuelve a ser de carácter declarativo, al privar a la hipótesis contemplada de los presupuestos sustantivos de ajenidad y dependencia. Lo que se comprueba perfectamente, en la que habría que calificar de “excepción de la excepción”, prevista en el último inciso del precepto, pues la percepción de ingresos mínimos por el abogado prestador de servicios para el despacho introduce la hipótesis en el campo del trabajo por cuenta ajena.

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