Читать книгу Lecciones de Derecho Mercantil Volumen II онлайн

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Decíamos anteriormente que la falta de un tratamiento adecuado del contrato de transporte ferroviario de mercancías hasta el año 2009 provocó que el legislador abordase en las normas de Derecho administrativo el tratamiento de aspectos relacionados con el contrato. Este hecho ha motivado que la doctrina se cuestione la validez, o mejor dicho la vigencia de, en concreto, los artículos 91 a 94 del Reglamento del Sector Ferroviario, norma que, como hemos indicado no ha sido derogada expresamente por la Ley del Sector Ferroviario de 2015 y que, en consecuencia, debe considerarse en vigor en todo aquello que no la contradiga, a pesar de que dudemos de su vigencia, en los preceptos que se analizan a continuación, sobre la base, fundamentalmente, de su incompatibilidad con la Ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías.

Respecto del artículo 91, por el que se impone a los cargadores y destinatarios que se encarguen de efectuar la entrega y recogida de mercancías en la terminal ferroviaria, el deber de obtener autorización para entrar en dicha terminal con los vehículos apropiados, condicionando la misma a la cobertura de su responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pueda ocasionar, se afirma no solo que el mismo no tiene fundamento en la Ley del Sector Ferroviario, sino que colisiona con la Ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías, al no establecer esta última, entendemos, condicionamiento alguno en este sentido.

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