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EJEMPLO 3

El IVA no se aplica en las Islas Canarias, ni en Ceuta ni en Melilla. En su lugar, se aplican otros tributos sobre el consumo que implican por lo general una menor carga tributaria. Los derechos de aduana se aplican en todo el territorio español, salvo en Ceuta y Melilla, ya que estas ciudades no forman parte del territorio aduanero de la Unión.

Por otro lado, algunos tributos estatales establecen beneficios fiscales aplicables exclusivamente en algunos territorios, por sus especiales condiciones geográficas. Así, las Leyes del IRPF, del IS y del IP contemplan deducciones o bonificaciones para rentas o patrimonios situados en Ceuta y Melilla; o en el caso del IEDMT (“matriculación”) se fijan tipos de gravamen más reducidos para Canarias, Ceuta y Melilla.

Asimismo, a veces el impuesto puede tener efectos extraterritoriales, es decir, más allá del ámbito espacial delimitado en su normativa. Es lo que sucede en la imposición de los sujetos residentes que tributan por su renta o su patrimonio mundial, esto es, con independencia de que obtengan la renta o detenten el patrimonio en España o en el extranjero (es la denominada “obligación personal de contribuir”). En cambio, los no residentes sólo tributan por las rentas obtenidas o el patrimonio detentado en España (“obligación real de contribuir”).

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