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Asimismo, existen ciertas profesiones liberales (abogados, ingenieros, médicos, arquitectos, etc.) que se asemejan a los empresarios o sociedades civiles y que tienen naturaleza civil y objeto no mercantil, no mereciendo por ello la consideración de empresarios mercantiles. Los profesionales liberales se han mantenido al margen del Derecho Mercantil por razones históricas, quedando su estatuto regulado por el Derecho Privado general y por las normas estatutarias o colegiales de cada profesión. De esta forma, se puede decir que el profesional liberal que desarrolla su profesión no es empresario, por muchos medios materiales y/o personales que utilice. Sin embargo, un profesional puede ser a la vez empresario mercantil o viceversa. Piénsese, por ejemplo, en el farmacéutico, el cual es profesional liberal por su condición de licenciado o graduado en Farmacia y, a la vez, empresario mercantil si, previos los trámites oportunos, abre al público una oficina de farmacia en la que procede a revender medicamentos al público.

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