Читать книгу Derecho y energías renovables онлайн

91 страница из 538

Pues bien, en cuanto al PNIEC, la LCCTE, ya desde su justificación, subraya la finalidad del mismo como instrumento de orientación de las grandes decisiones en materia de política climática y energética, incluidas las inversiones, públicas y privadas, que aquellas requieren. Y, en cuanto a su conexión con la planificación eléctrica, según señala el propio PNIEC, esta planificación carece de alcance vinculante, adquiriendo la naturaleza de planificación indicativa. No obstante, no debemos olvidar el alcance de mandato vinculante para los poderes públicos que conllevan los objetivos del PNIEC, y que han sido establecidos legalmente, como ya se expuso con anterioridad.

Por otra parte, en cuanto a la forma de aprobación del PNIEC, que se realizará mediante Real Decreto del Consejo de Ministros (según la LCCTE, aunque el actual PNIEC se ha aprobado mediante acuerdo del citado órganossss1), tampoco se pueden extraer conclusiones definitivas de la naturaleza normativa de su contenido, aunque es cierto que difícilmente pueda considerarse como una simple resolución y, por tanto, si nos acogemos a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley del Gobierno, deberíamos calificarlo como disposición reglamentaria. No obstante, en este aspecto, la LCCTE no es de fiar ya que también exige Real Decreto del Consejo de Ministros para la aprobación de la Estrategia de Descarbonización a 2050, mientras que solo exige acuerdo del Consejo de Ministros para aprobar el PNACC. Solo califica expresamente de instrumento programático a la Estrategia del Agua para la Transición Ecológica (artículo 19) y a la Estrategia específica de conservación y restauración de ecosistemas y especies especialmente sensibles a los efectos del cambio climático (artículo 24), cuyas aprobaciones se realiza mediante acuerdo del Consejo de Ministros. Parece que la LCCTE nos quiera indicar que unas planificaciones tienen naturaleza vinculante (se aprueban por real decreto), mientras que otras, programáticas, no la tienen (se aprueban mediante acuerdo). No debe caer en el olvido que, desde la perspectiva ambiental, en todos ellos concurren las notas características de planes y programas sujetos a la evaluación ambiental estratégica que, aunque ausente en la LCCTE, se rige por su legislación específica y exige la aplicación de sus procedimientosssss1.

Правообладателям