Читать книгу Mujer, inclusión social y Derechos Humanos. Reflexiones desde las ciencias sociales y jurídicas онлайн
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La segunda de estas medidas es el registro salarial o retributivo obligatorio, como instrumento de transparencia en la empresa, tal y como establece el Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre, en vigor a partir del 14 de abril de 2021, y que consiste, de acuerdo con el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, en un “registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor”.
Este registro (artículo 5 Real Decreto 902/2020) “tiene por objeto garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones, de manera fiel y actualizada, y un adecuado acceso a la información retributiva de las empresas, al margen de su tamaño, mediante la elaboración documentada de los datos promediados y desglosados”. Deberá incluir a toda la plantilla, incluyendo personal directivo y altos cargos.