Читать книгу Mujer, inclusión social y Derechos Humanos. Reflexiones desde las ciencias sociales y jurídicas онлайн

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En efecto, las empresas cuya plantilla alcance unas determinadas dimensiones, tendrán que implementar un conjunto ordenado de medidas concretas para el establecimiento de la igualdad efectiva, precedidas del oportuno diagnóstico, a través de los planes de igualdad en la empresa, que se negociaran con la representación de los trabajadores. En concreto, son obligatorios a día de hoy para empresas de más de 100 trabajadores, de acuerdo con el calendario progresivo de obligatoriedad en función del número de personas contratadas en la empresa, tal y como establece la Disposición Transitoria decimosegunda de la Ley Orgánica de Igualdad, introducida por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, y que finalizará el 9 de marzo de 2022, en que serán obligatorios para empresas de más de 50 trabajadores. Estos planes serán también obligatorios si así lo establece el convenio colectivo aplicable o si la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan.

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