Читать книгу Mujer, inclusión social y Derechos Humanos. Reflexiones desde las ciencias sociales y jurídicas онлайн

93 страница из 138

Además de la implementación de medidas para fomentar la igualdad en la empresa o corregir determinadas situaciones discriminatorias y eliminar el llamado “techo de cristal”, a través de los planes de igualdad, los mecanismos para el establecimiento de la igualdad efectiva en el marco laboral hacen un importante hincapié en la consecución de la transparencia retributiva. En un contexto de falta de transparencia resulta, en la práctica, imposible, determinar las diferencias salariales, y si estas obedecen a situaciones de discriminación, ya sea directa o indirecta. En este sentido, en la sentencia del 17 de octubre de 1989, asunto 109/88, Danfoss (CEA 1990, 41). El TSJUE argumentaba que: “cuando una empresa aplica un sistema retributivo caracterizado por la falta total de transparencia, recae sobre el empresario la carga de la prueba de que su política de salarios no es discriminatoria, una vez que los trabajadores femeninos hayan demostrado, a partir de un número relativamente importante de trabajadores por cuenta ajena, que la retribución media de los trabajadores femeninos es inferior a la de los trabajadores masculinos”.

Правообладателям