Читать книгу Mujer, inclusión social y Derechos Humanos. Reflexiones desde las ciencias sociales y jurídicas онлайн

97 страница из 138

Partiendo de la definición aportada por el artículo 46.1 de la Ley Orgánica de Igualdad, los planes de igualdad pretenden establecer en las organizaciones la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres mediante la erradicación de cualquier tipo de desigualdad o discriminación que por razón de sexo pueda existir en una empresa, para lo que se hace necesario definir, englobar, especificar y analizar un conjunto de objetivos, medidas y acciones, planificadas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres. Un Plan de Igualdad es un instrumento de intervención que articula un proceso de trabajo en el que se contemplan un conjunto de objetivos, medidas y acciones, debidamente planificadas y con coherencia entre ellas, para avanzar progresivamente en la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Estos planes consisten en un documento concreto, con un contenido mínimo y un estricto procedimiento de elaboración, aprobación y registro, que han sido regulados a través del Real Decreto 901/2020, de 14 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro; vigente desde el pasado día 14 de enero.

Правообладателям