Читать книгу Estudios procesales sobre el espacio europeo de justicia penal онлайн

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2. Diligencias previas: Se aplicarían las normas del proceso abreviado teniendo en cuenta que, si se dirigiera la investigación contra un aforado, la FE podrá solicitar el levantamiento de su privilegio conforme al art. 29 Rto.FE.

3. Actos de investigación: La FE podrá ordenar todos los actos de investigación que considere apropiados, bajo los presupuestos de idoneidad, proporcionalidad y necesidad, en los términos del art. 28 Rto.FE. Una vez iniciadas las diligencias conforme a los requisitos establecidos en el art. 26 Rto.FE, el art. 30 Rto.FE regula específicamente actos de investigación y otras medidas a adoptar, siempre que los delitos tengan fijada una penalidad en abstracto máxima de al menos 4 años. Podría requerirse autorización del JG en algunas de ellas (interceptación de comunicaciones, por ejemplo). Los actos de investigación pueden ser encomendados a las autoridades de cada estado miembro. El papel del Derecho nacional es en este punto remarcable, lo que revela la enorme dificultad que ha conllevado crear y regular esta institución. La actividad investigadora del FE se contiene en un expediente (art. 45 Rto.FE). De alguna manera quedarían afectados, entre otros, nuestros arts. 588 bis a) y siguientes, aunque la norma europea es muy clara al respecto.

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