Читать книгу Asimetrías en el sistema español de garantías reales онлайн

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ssss1. GALICIA AIZPURUA: Fiducia…, cit., 2014, p. 79: “Es cierto que aquel encargo se halla entreverado de fiducia, ya que las partes ‘acuerdan’ que el representante (sociedad de leasing) retenga la titularidad aparentemente adquirida mediante la compraventa para destinarla a un fin de garantía o, lo que es igual, de aseguramiento (respecto de la obligación de restitución del préstamo); apariencia que se disipará mediante el ejercicio de una huera opción de compra. Pero…este pactum fiduciae no podría evitar el ingreso de la cosa en el patrimonio del mandante –no podría eliminar la eficacia directa de la representación indirecta– y sí solo generar, a lo sumo, en favor del mandatario una mera titularidad fiduciaria”. La razón del efecto limitado del pacto de fiducia la ubica el autor (pp. 79 y 80) en el límite a la autonomía privada que supone la concepción de causa de la obligación a la que, según los antecedentes históricos, responde el Código Civil; cuestión, esta, sobre la que en breve se incidirá en el texto.

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