Читать книгу Derecho de gracia y constitución. El indulto en el estado de derecho онлайн
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La identificación entre derecho de gracia y clemencia es la asumida por la doctrina constitucional. Linde Paniagua nomina la institución de la gracia como la clemenciassss1 –cuyas manifestaciones, en nuestro Estado constitucional, son la amnistía y el indulto–. Igualmente, Aguado Renedo considera amnistía e indulto como las instituciones de la clemenciassss1. Para Bueno Ochoa, el término gracia resulta ser más adecuado para la tradición jurídica española, frente a su sinónimo clemenciassss1, que es el término utilizado en el ordenamiento italianossss1. Ambos términos –tanto la clemencia como la gracia– se utilizan indistintamente para designar el concepto genérico que incluye amnistía e indulto.
La clemencia, utilizando las palabras de VILLAR GARCÍA, es:
“Otra virtud, grande como la justicia, idéntica en el origen y distinta en sus resultados, que la auxilia y completa atajando en su carrera a la mentira y a la duda mostrándose superior. Esta es la clemencia, que domina en la sociedad, cuando la espada de la justicia dirige sus filos guiada por la mano del error, que va a inmolar en sus aras una víctima innecesaria; o cuando la ejecución del castigo humano envolvería una odiosa tiranía”ssss1.