Читать книгу Violencia de género: retos pendientes y nuevos desafíos онлайн

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En uno de ellos, un hombre afirmaba que su mujer, Domicia, estaba embarazada, pero ella lo negaba, por lo que el pretor ordenó que se le pusiera guarda y, si persistía en negarlo, se le eligiera casa de mujer honesta para que la inspeccionaran tres parteras probadas tanto por sus conocimientos como por su integridad, y si dos al menos manifestasen que el embarazo era cierto, se la persuadiera para que accediese a ser guardada. Sin embargo, si no pariera, habría de saber el marido que se consideraría mala voluntad por su parte, por haberlo solicitado para inferir daño e injuria a la mujerssss1. Más detallado resulta el mismo, cuando, además, recoge una valiosísima información relativa a la inspección del vientre y la custodia del parto, en donde se manifiesta, asimismo, una clara preocupación por parte del pretor:

– “(…) más envíese solamente cinco mujeres libres, e inspecciónenlo todas estas al mismo tiempo, con tal que ninguna de ellas toque el vientre contra la voluntad de la mujer, mientras lo inspecciona. Para la mujer en casa de mujer muy honesta, que yo designaré, treinta días antes que la mujer crea que hace parir, hágalo saber a quienes les interesa la cosa, o a sus procuradores, para que envíen, si quisieran, quienes custodien el vientre. En la habitación en que la mujer haya de parir no haya más entradas que una; y si las hubiere, clávense con tablas por ambas partes. Haga la guardia delante de la puerta de aquella habitación tres hombres libres, y tres mujeres libres con dos acompañantes. Siempre que la mujer fuere a aquella habitación o a otra cualquiera, o la del baño, examínenla antes los guardas, si quisieran, y registren a los que en ella entraren; y los guardas, que estarán apostados delante de la habitación, registren si quieren, a todos los que entran en la habitación o en la casa. Cuando la mujer empiece a parir, hágalo saber a quienes les interesa la cosa, o a sus procuradores, para que envíen personas en cuya presencia para. Envíese solo cinco mujeres libres, de suerte que además de dos parteras no haya en aquella habitación más mujeres libres que diez, ni más esclavas que seis. Sean registradas en la habitación todas las que hubieran de estar dentro, no sea que alguna esté embarazada. Haya allí tres luces, y no menos, a saber, porque la oscuridad es más a propósito para la suposición de un parto. Muéstrese lo que naciere a quienes les interesa la cosa, o a sus procuradores, si quisieran inspeccionarlo. Críese en poder de aquel que mandare el padre. Mas si el padre nada dispusiere, o si aquel en cuyo poder hubiera querido que se criase no aceptare el encargo, yo determinaré con conocimiento de causa en poder de quien se criará. Aquel en cuyo poder se criare lo que hubiere nacido muéstrelo, hasta que sea de tres meses, dos veces al mes; desde este tiempo hasta que sea de seis meses, una vez al mes; desde los seis meses hasta que sea de un año, en meses alternados; desde un año hasta que pueda hablar, una vez cada seis meses, donde quiera. Si alguno a quien le fuere lícito que se inspeccionara, o que se custodiara al vientre, no le fuere permitido estar presente al parto, o si algo se hubiere hecho para que estas cosas no se hagan así, como antes se ha expresado, no le daré, previo conocimiento de causa, a lo que hubiere nacido la posesión. Y si no fuera permitido que se inspeccione, como arriba se ha dispuesto, lo que hubiere nacido, no le daré, si me pareciere que justa causa, las acciones que, a la verdad, prometo que daré aquellos a quienes en virtud de mi edicto se haya dado la posesión de bienes”ssss1.

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