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Pero no es éste el único problema asociado a la maternidad (o paternidad) del alumnado. Desde un punto de vista muy diferente, se hace necesario visibilizar las serias dificultades a las que se enfrentan las personas que han tenido un hijo para continuar sus estudios durante el año siguiente a su nacimiento. Y es que, aunque no existen cifras concretas que permitan deducir qué porcentaje de abandono de los estudios obedece a situaciones de maternidad o paternidad reciente, ha llegado el momento de exigir un trato similar al que reciben los trabajadores por cuenta ajena que tienen un hijo. Y es que si en el contexto laboral está perfectamente admitido y asumida la suspensión del contrato por nacimiento de un hijo ¿por qué no empezar a extender este derecho al ámbito universitario?

Por ese motivo, se hace necesario que nuestras Universidades implanten un protocolo específico de actuación ante las situaciones de maternidad y paternidad del alumnado. Se trata de un procedimiento especialmente importante en el caso de las estudiantes de sexo femenino, pues son las que atraviesan las vicisitudes propias del proceso biológico del embarazo y la lactancia, muchas veces, difícilmente compatibilizables con la asistencia regular a las clases. De esta forma, si la estudiante lo desea, podría activar, a su voluntad, la suspensión de la matrícula durante el año académico en el que la estudiante da a luz, retomándose íntegramente sin coste económico alguno, al curso siguiente, y sin que este procedimiento se considera una segunda o tercera matrícula a efectos académicos, sino una prolongación causal de la matrícula inicial. Y es que, aunque parezca irrelevante, el hecho de superar una asignatura en primera matrícula puede ser muy trascendente a la hora de optar o mantener una beca académica, o de cara acceder a un puesto de trabajo en el que se valore la responsabilidad de los concurrentes.

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