Читать книгу Compensaciones e indemnizaciones en las relaciones familiares онлайн
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ssss1. En el caso de que la totalidad del dinero empleado en la adquisición del bien sea privativo implicaría la calificación del bien como privativo del cónyuge que aportó el dinero (art. 1346.3 CC), y la utilización de dinero privativo junto con dinero ganancial, provocaría que el bien fuera en proindiviso en parte privativo y en parte ganancial en proporción al carácter de los fondos invertidos (art. 1354 CC).
ssss1. El análisis se centra en la adquisición de bienes con dinero privativo, en la totalidad o en parte. Quedan al margen aquellos supuestos de bienes que resultan privativos o gananciales, con independencia de la naturaleza del dinero invertido en su adquisición, por aplicación de las reglas de los arts. 1346 y 1347 CC, y que darán lugar al reembolso en el momento de liquidación de la sociedad de gananciales a favor de la masa de bienes que no deviene la beneficiada con el carácter del bien por los pagos realizados. Nos referimos, por ejemplo, al derecho de retracto que perteneciente a uno solo de los cónyuges o a la sociedad de gananciales, se satisface con dinero procedente de la otra masa de bienes (números 4 de los arts. 1346 y 1347), o a los instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio del art. 1346.8.°. Conforme al primer ejemplo, la RDGRN 8 mayo 2008 concluye que “derivando la adquisición realizada de un derecho de adquisición preferente de naturaleza legal, el cual trae su causa o fundamento en la titularidad privativa de una finca colindante, igual carácter privativo ha de predicarse respecto de la adquisición documentada en la escritura pública cuya calificación ha motivado este recurso, pues la presunción del art. 1361 CC cede, por su propio carácter de tal, ante un título adquisitivo que determine la privatividad de lo adquirido según las reglas del art. 1346 del mismo Código”. Respecto al segundo, la SAP de Asturias 8 mayo 2020 califica como privativos los vehículos industriales adquiridos constante la sociedad de gananciales con dinero común para el ejercicio de la profesión del marido, pero estimando el crédito a favor de la sociedad de gananciales por el valor actualizado de los vehículos.