Читать книгу El nuevo marco legal de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia en España онлайн

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Estas cuestiones también se incluyen en la norma básica en materia sanitaria, la LGS, teniendo también en cuenta determinados aspectos de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública (en adelante “LGSP”)ssss1. Su objetivo, ya mencionado, es asegurar un mínimo común denominador en materia sanitaria en todo el territorio nacional pues, como señala la propia LGSP, sus normas tienen “por objeto establecer las bases para que la población alcance y mantenga el mayor nivel de salud posible a través de las políticas, programas, servicios, y en general actuaciones de toda índole desarrolladas por los poderes públicos, empresas y organizaciones ciudadanas con la finalidad de actuar sobre los procesos y factores que más influyen en la salud, y así prevenir la enfermedad y proteger y promover la salud de las personas, tanto en la esfera individual como en la colectiva” (art. 1 LGSP).

A su vez, la coordinación general de la sanidad, tristemente célebre en los últimos tiempos debido a la pandemia asociada a la COVID-19, debe interpretarse en relación con la totalidad del sistema y resulta particular-mente relevante en un sistema como el actual con un alto grado de descentralizaciónssss1. Como ha señalado el TC, “la coordinación persigue la integración de la diversidad de las partes o subsistemas en el conjunto o sistema, evitando contradicciones y reduciendo disfunciones que, de subsistir, impedirían o dificultarían respectivamente la realidad misma del sistema”ssss1. Por ello, debe ser entendida “como la fijación de medios y de sistemas de relación que hagan posible la información recíproca, la homogeneidad técnica en determinados aspectos y la acción conjunta de las autoridades sanitarias estatales y comunitarias en el ejercicio de sus respectivas competencias de tal modo que se logre la integración de actos parciales en la globalidad del sistema sanitario”ssss1.

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