Читать книгу El trabajo a distancia: una perspectiva global онлайн
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– Hacer efectivo al derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral (artículo 34.8 ET)ssss1. En el ámbito de la negociación colectiva, cada vez son más los convenios colectivos que contemplan el trabajo a distancia como medida dirigida a garantizar el derecho de las personas trabajadoras a conciliar su vida familiar y laboral, que se traduce en un derecho del trabajador y correlativo deber del empresariossss1. Algún convenio colectivo incluye una declaración de intenciones, al señalar que seguirá impulsándose el teletrabajo como medida de conciliación de la vida personal, familiar y profesional de los trabajadores y trabajadoras con un compromiso de continuar avanzando en aquellas actividades que por su naturaleza sean susceptibles de ser prestadas en esta modalidadssss1; y también los hay que prevén la intervención de la Comisión de Igualdad para resolver las discrepancias entre el trabajador que solicita el trabajo a distancia y la empresassss1.
En los tres supuestos indicados, el derecho a realizar el trabajo a distancia puede negarse o limitarse. Cuando se reconoce para cursar estudios [artículo 23.1.a) ET] o para hacer efectiva la protección y la asistencia social a víctimas de violencia de género o de terrorismo (artículo 37.8 ET), su ejercicio puede negarse por las razones siguientes: 1) el trabajo a distancia no está implementado en la empresa, o 2) el puesto de trabajo o las funciones que desempeña la persona trabajadora no son susceptibles de realizarse a distancia. Cuando el derecho se reconoce para hacer efectiva la conciliación de la vida familiar y laboral (artículo 34.8 ET), su ejercicio puede quedar condicionado además por necesidades organizativas y productivas de la empresa.