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¿Cuál era la conveniencia de este nuevo casamiento? Para Juana, como heredera del condado materno, enlazarse con alguien de idéntica o mayor posición le garantizaba la sucesión y perpetuar la preeminencia del grupo familiar sobre Ponthieu. Además, el matrimonio con Fernando III iba a reforzar los lazos entre Castilla y León y Francia, dos reinos soberbios y sin conflictos.

Se arregló que cuando heredara el condado, este sería patrimonio personal de Juana. Algo que no disgustó a los franceses: así pasarían a ser custodiados de cualquier intento de invasión inglesa por un rey de confianza, ya que además era sobrino de su reina. A su vez, el castellanoleonés obtendría beneficios para nada despreciables: bajo su protección quedaban inmensas extensiones de tierras y notables recursos a los que podría echar mano para solventar sus campañas conquistadoras.

Existía entre los futuros cónyuges cierta consanguineidad. Alfonso VII había sido bisabuelo de Fernando y tatarabuelo de Juana. Pero el cómputo canónico estableció que el parentesco era muy lejano y en el otoño de 1237, Gregorio IX concedió la correspondiente dispensa. El papa sentía gran admiración y aprecio por Fernando, tanto que junto con la autorización emitió una bula con elogios hacia el monarca.

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