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2.1. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

La Constitución, como norma suprema, desempeña un papel central en el ámbito laboral al igual que lo hace en el resto de las ramas del ordenamiento jurídico. El contenido social de la Constitución es amplio, heterogéneo y con un alcance diverso:

– En el pórtico del texto constitucional, la cláusula de Estado social y democrático de Derecho (art. 1.1) revela la trascendencia que en la configuración del Estado revisten las cuestiones sociales. Ello implica que, lejos de una posición de neutralidad, el Estado asume un compromiso efectivo para, entre otras cosas, favorecer la igualdad mediante la superación de las diferencias sociales; establecer un sistema de Seguridad Social público para todos los ciudadanos; procurar ayuda en situaciones de especial necesidad y desprotección, o intervenir para contribuir a la creación de una situación económica que permita la participación de todos en el bienestar (MERCADER UGUINA).

– El reconocimiento del principio de autonomía territorial ha generado en lo laboral menores tensiones que en otros ámbitos, por cuanto se reserva al Estado central la competencia exclusiva sobre la legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas (art. 149.7 CE).

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