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2.7. DOCTRINA

Igualmente, con carácter complementario, la opinión de los autores manifestada en foros especializados constituye una referencia para la aplicación e interpretación de las normas, así como para su perfeccionamiento en ulteriores reformas.

2.8. INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE NORMAS LABORALES. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS

En el ordenamiento laboral, se utilizan los criterios comunes para la resolución de los conflictos de concurrencia y articulación de normas (principio de jerarquía, principio de competencia, principio de especialidad, prioridad temporal…). No obstante, las peculiaridades del sistema laboral han llevado a la adaptación de algunas de esas reglas, y a la elaboración de otras propias, para facilitar la tarea de elección, interpretación y aplicación de las normas. De origen jurisprudencial en su mayoría, algunas han tenido recepción legal a través del art. 3 ET y tienen como sustrato común la finalidad tuitiva, protectora de los derechos e intereses del trabajador, que impregna todo el ordenamiento laboral. Su efectividad, sin embargo, varía, ya que mientras que algunas han caído en un cierto desuso (como ocurre con el principio pro operario), otras siguen teniendo una incidencia práctica importante (como en el caso de la condición más beneficiosa). Destacamos, así, los siguientes criterios: A) Principio pro operario; B) Principio de norma mínima; C) Principio de norma más favorable; D) Principio de condición más beneficiosa; E) Principio de indisponibilidad de derechos.

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