Читать книгу Régimen jurídico de la actuación administrativa. Volumen I. Acto y procedimiento; contratos; jurisdicción contencioso-administrativa онлайн

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Tampoco resulta muy precisa la distinción acto-norma, en atención a si se agota con su cumplimiento, pues, como ejemplo, los planes de urbanismo, se agotan en cuanto se aplican, y, sin embargo, deben ser calificados como norma, en cuanto que crean derecho objetivo (por todas, STS 12 de noviembre de 2008, rec. 6116/2004).

Un ejemplo práctico sobre esta discusión lo constituye el resuelto por la STS de 3 de marzo de 2015(rec. 1223/2014), contra la Orden 1855/2012, de 27 de diciembre, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que, en aplicación del art. 4 de la Orden 1154/12, de 3 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones cofinanciadas parcialmente por el Fondo Social a instituciones con ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos en el área de integración social y laboral de la población inmigrante de Madrid. La Sala de instancia había calificado esa Orden 1154/12 como acto administrativo plúrimo (dirigido a un indeterminado número de personas, con vigencia limitada a dicha convocatoria, por lo que declaraba inimpugnable indirectamente la misma a través del acto de aplicación, que sería la otra Orden 1855/2012). El TS la califica, sin embargo, como norma que regula un procedimiento, a la que como tal “norma que regule el procedimiento” se remite el art. 17 de la Ley 38/2003 de Subvenciones, sea Orden Ministerial en el caso de las estatales, Ordenanza, en el ámbito local, y Orden de la Consejería correspondiente en lo que atañe a las Comunidades Autónomas.

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