Читать книгу Régimen jurídico de la actuación administrativa. Volumen I. Acto y procedimiento; contratos; jurisdicción contencioso-administrativa онлайн
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e) dictada por sujetos que gestionan actividades y servicios administrativos públicos (art. 2, apdos. b, c, d, LJCA, y otros órganos del Estado al margen de su actividad principal, cuando gestionan tareas material-mente administrativas, art. 1. 3 LJCA). Esta última calificación remite al concepto de Administración pública (art. 1.2 LJCA); asimismo incluye a otros órganos del Estado (art. 1.3 LJCA) y a las Corporaciones de Derecho público (art. 2 c LJCA) o a los concesionarios con funciones administrativas (art. 2 d LJCA); y excluye algunas actuaciones que constituyan gestión puramente privada (por ejemplo en la compraventa de un bien patrimonial por una corporación, que constituye un contrato privado de las Administraciones; o en otro caso, de un colegio profesional, como actuación puramente privada sin ejercicio de funciones o potestades públicas, de acuerdo con la LCSP).
La doctrina discute que esos actos de otros órganos constitucionales y otros órganos del Estado, sean verdaderos actos administrativos o si sólo se les aplica su regulación por analogía (SANTAMARÍA PASTOR) o por pragmatismo (GARCÍA DE ENTERRÍA); o por identidad de supuestos (NIETO y PAREJO).