Читать книгу Practicum Ejercicio de la abogacía 2022 онлайн

884 страница из 1286

Por último, y por lo que respecta al cumplimiento impropio de la condición, es decir, cuando se tiene por cumplida por la Ley pese a no haberse producido, el Código Civil únicamente admite el supuesto del párrafo 2.º del artículo 798, que dice:

«Cuando el interesado en que se cumpla, o no, impidiere su cumplimiento sin culpa o hecho propio del heredero o legatario, se considerará cumplida la condición».

En cuanto a los efectos que se originan como consecuencia de haberse condicionado la institución de heredero, hemos de distinguir la situación pendiente el cumplimiento de la condición, y la que surge una vez cumplida.

a) Pendiente del cumplimiento. Los efectos son:

1. La delación no se perfecciona desde la apertura de la sucesión. Por eso el llamado no puede aceptar ni repudiar la herencia hasta que la condición se cumpla, porque no está cierto de su derecho a la herencia (artículo 991). De lo contrario, habría una aceptación o repudiación igualmente sometida a condición, lo que prohíbe terminantemente el artículo 990.

Правообладателям