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EJEMPLO 6
En la jurisprudencia constitucional, encontramos diversos ejemplos de prestaciones patrimoniales públicas no tributarias: la prestación patrimonial por incapacidad temporal que debía abonar el empresario al trabajador (STC 182/1997); la deducción sobre la facturación mensual de cada oficina de farmacia por las recetas de especialidades farmacéuticas dispensadas con cargo a fondos de la Seguridad Social o a fondos estatales afectos a la sanidad (SSTC 83/2014, 44/2015 y 62/2015); la aportación de los usuarios en el caso de determinadas prestaciones del Sistema Nacional de Salud (STC 139/2016); o las obligaciones derivadas de la financiación de planes de ahorro y eficiencia energética, impuesta a las empresas productoras del sistema eléctrico (SSTC 167/2016, 196/2016 y 198/2016). En realidad, como ha reconocido el TC, la categoría de prestación patrimonial pública no tributaria no es homogénea en sí misma y su definición se ha realizado por la jurisprudencia por exclusión.
En cualquier caso, a los efectos de la presente exposición, nos interesa fundamentalmente fijarnos en los tributos, que constituyen las «prestaciones patrimoniales de carácter público» por antonomasia.