Читать книгу Derecho Financiero y Tributario. Lecciones de cátedra онлайн

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Respecto a la vigencia de las normas relativas al gasto público reiterar que las más relevantes de entre ellas, esto es, las Leyes anuales de Presupuestos, entran en vigor normalmente el día 1 de enero de cada año (motivo por el cual prevé la prórroga automática de los presupuestos anteriores el artículo 134.2 de la Constitución en relación con el 34.1 LGP). Y en cuanto a sus efectos retroactivos, no plantean problemas de inconstitucionalidad en los casos en que se produjeran por haberse aprobado las Leyes de Presupuestos con posterioridad al 1 de enero del año en curso, ya que, debe tenerse en cuenta el carácter necesario de su regulación (artículo 134.4 CE), lo que hace que deba esperarse la misma, cumpliendo así las exigencias del principio de seguridad jurídica. También es favorable a esta tesis el que la mayor parte de las normas sobre el gasto sean normas de acción y no de relación, de manera que sus destinatarios no son los particulares –a quienes va fundamentalmente dirigida la protección de los principios de capacidad económica y seguridad jurídica–, sino las administraciones públicas.

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