Читать книгу Mujer, inclusión social y Derechos Humanos. Reflexiones desde las ciencias sociales y jurídicas онлайн

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En cambio, en el asunto Cadman, STJUE de 3 de octubre de 2006 (TJCE 2006, 280), C-17/05, el Tribunal concluyó que, en principio, premiar la antigüedad no constituye discriminación indirecta por razón de sexo. Algo que, sin embargo, y dada la tardía incorporación de la mujer al mundo laboral, probablemente explique parte de las diferencias salariales actualmente existentes, en términos generales, entre hombres y mujeres (Lantarón Barquín, 2019).

2. LA VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

Como acabamos de ver, la igualdad de retribución por trabajo de igual valor, así como los mecanismos de transparencia retributiva que se utilizan para conseguirla, requieren de una adecuada valoración de los puestos de trabajo. No se puede olvidar que la retribución diferente de trabajos de igual valor constituye una discriminación indirecta, que puede ser reclamada ante los tribunalesssss1 y esta reclamación dependerá de la adecuada (y objetiva) valoración del puesto de trabajo.

La búsqueda de criterios objetivos y adecuados para la valoración de puestos de trabajo a los efectos de la eliminación de la brecha salarial, en todo caso, no empieza aquí. Diferentes instancias (O.I.T., Unión Europea, el propio legislador español) han dedicado importantes esfuerzos normativos a tratar de establecer criterios claros.

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