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1.12. La sistemática de esta obra se explica a partir de esas tres cuestiones. En el Capítulo II (ssss1-ssss1) analizaremos las cuestiones de naturaleza procesal, esto es, fundamentalmente, el régimen de competencia judicial internacional (cuestión 1) y de reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales (cuestión 3), además de algunos otros problemas que pueden surgir durante el desarrollo del proceso, como la práctica de una notificación o de una prueba en el extranjero; mientras que en el Capítulo III (ssss1-ssss1) analizaremos las normas sobre ley aplicable. En algunos temas, por ejemplo en el ámbito de las obligaciones alimenticias, en el ámbito sucesorio o en el ámbito concursal, se analizarán de forma integrada los tres sectores, por las razones que hemos explicado en el Prólogo.

1.13. En esta obra vamos a prestar especial atención, también, a los llamados problemas de «segundo escalón» de la disciplina. A la hora de resolver los problemas que plantean las relaciones privadas internacionales no basta con remitir el caso a unos tribunales estatales determinados o a una ley nacional determinada, sino que en ocasiones es preciso jugar con varios ordenamientos jurídicos a la vez. Es necesario combinar normas procedentes de distintos legisladores, trasladar conceptos de un ordenamiento a otro o ajustar instituciones jurídicas. Esto demanda un esfuerzo interpretativo e incluso creativo de los aplicadores del Derecho que va mucho más allá de la mera subsunción normativa. El DIPr, en general, exige una predisposición a la tarea «creativa» del intérprete mayor que la que suele adoptarse cuando nos ocupamos de las relaciones puramente internas. El legislador, como iremos viendo, es muy consciente de esto e incluso, en algunas ocasiones, invita expresamente a ello.

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