Читать книгу Asimetrías en el sistema español de garantías reales онлайн

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ssss1. Un excelente y exhaustivo análisis del tratamiento jurisprudencial del fenómeno simulatorio puede encontrarse en GARCÍA VICENTE: La simulación…, cit., passim.

ssss1. Vid. GALICIA AIZPURUA: Causa…, cit., pp. 111 a 118 y 160 a 167.

ssss1. DÍEZ-PICAZO, L.: Fundamentos del Derecho civil patrimonial, t. I, Thomson-Aranzadi, Cizur Menor, 6.ª ed., 2007, p. 257.

ssss1. JORDANO FRAGA, F.: Falta absoluta de consentimiento, interpretación e ineficacia contractuales, Publicaciones del Real Colegio de España, Bolonia, 1988, pp. 200 y 201. A ello ha de añadirse el argumento complementario de que “la simulación relativa no tiene por qué referirse únicamente al tipo del negocio disimulado (como la venta simulada que encubre una donación), sino que la simulación puede referirse a otros elementos de la reglamentación contractual disimulada que no afectan a la causa del contrato que efectivamente se quiere celebrar: los sujetos, el objeto, término o condición, fecha o lugar de celebración del mismo. La explicación de estos otros aspectos de la simulación que dejan imprejuzgada la causa del contrato, sólo puede hacerse, obviamente, desde la perspectiva del consentimiento. Sólo desde ella puede explicarse que la simulación –relativa– pueda referirse a cualquier elemento de la declaración, de la reglamentación contractual” (p. 201).

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