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ssss1. LACRUZ BERDEJO: Elementos…, cit., p. 440.

Capítulo 2

Leasing mobiliario y garantía

Clara I. Asua González

Catedrática de Derecho Civil

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU)

SUMARIO: ssss1. ssss1. ssss1. 1. Previo. ssss1. 2.1. El punto de partida: la adquisición por parte del usuario. ssss1. 2.2.1. Los obstáculos para la efectiva transmisión del dominio en función de garantía. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1.

I. PREVIO. EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO COMO CONTRATO DE FINANCIACIÓN

I.– Toda reflexión sobre garantía y leasing tiene como trasfondo un tema medular en este contratossss1: el de la titularidad del bien objeto del mismo (el que el usuario indica a la entidad de leasing que adquierassss1 y que él va a utilizar). El asunto está, cómo no, ligado al de la naturaleza jurídica del leasing, pero no necesariamente resuelto por los pronunciamientos al respecto. En particular, en la opinión más generalizada, la consideración de que se trata de un contrato de financiaciónssss1 no viene a ser obstáculo para adjudicar el derecho de propiedad (no lo que se ha dado en llamar propiedad en garantía o propiedad fiduciaria) a la entidad de leasing. Aunque desde luego semejante consideración sí viene a ser trasfondo y razón (pues de ahí parten los hilos argumentales) para considerar al usuario como propietario y a la entidad de leasing solo titular de una posición jurídica que en general se identifica con una imprecisa titularidad fiduciaria.

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