Читать книгу Asimetrías en el sistema español de garantías reales онлайн

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La noción de causa de la obligación contractual como fundamento exigible en algunas clases de deuda, se deriva de asignar al art. 1274 CC la función de aislar un fundamento para las obligaciones convencionales que entrañen un nuevo sacrificio para el deudor: “…” el precepto está pensando en la obligación contractual de atribución patrimonial” y…exclusivamente en ella. De esta guisa, en los contratos necesariamente onerosos, el fundamento del sacrificio que padece el deudor se halla en el correspectivo (o expectativa de él) que percibe en cambio y que tiene la virtud de nivelar tal merma; en los remuneratorios, esto es en aquellos que son circunstancialmente onerosos, el fundamento del sacrificio que padece el gravado con la obligación de retribuir se localiza en el servicio (depósito, mandato) o beneficio (mutuo) que obtiene la otra parte negocial; en fin, en los de pura beneficencia, en los que no se recibe ninguna compensación por la atribución que se confiere…, simplemente en el ánimo liberal del sacrificado”ssss1. Y ello supone, y se fija ahora la vista en el art. 1261.3.° CC, que, de otro modo, el contrato no tendría la virtualidad de generar obligaciones que supongan ex novo sacrificio y correlativa atribuciónssss1.

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