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Esta justificación se utilizó también en este caso por sendos autos del Juzgado Central de Instrucción núm. 3. El de 16 de octubre de 2017 (JUR 2017, 252463) consideraba una alta probabilidad de que los Sres. Sánchez y Cuixart pusieran en riesgo la prueba, dificultando e impidiendo medidas de investigación, registros y detenciones que habían sido acordadas, aunque con anterioridad señalara que la finalidad última de las movilizaciones era conseguir la celebración del referéndum y la proclamación de una república catalana. En el auto de 2 de diciembre de 2017 (ARP 2017, 1561) consideró asimismo que los Sres. Junqueras y otros podían poner en riesgo la prueba “teniendo en cuenta los cargos que han ostentado hasta hace tan solo unos días”.
Ya en el Tribunal Supremo, el instructor razonó en el auto de 9 de noviembre de 2017 (JUR 2017, 277454) sobre el riesgo de destrucción de pruebas que la actividad de los investigados, miembros de la Mesa del Parlament, es pública y aparece en los diarios de sesiones. Por lo tanto, decreta la prisión para la Sra. Forcadell eludible mediante fianza y la libertad provisional con fianza para los otros cuatro.