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(iv) Un mes después, cuando el instructor valora la situación de Junqueras y los exconsejeros, en el ATS de 4 de diciembre de 2017 (RJ 2017, 5152), aunque los investigados alegaron estar en la misma posición que Forcadell y los miembros de la mesa, el auto lo rechaza porque los miembros de la Mesa realizaron aportaciones no violentas. El instructor considera que hay riesgo de reiteración delictiva en el caso de Junqueras y otros porque (i) todos comparten la aspiración de que Cataluña constituya la base territorial de una nueva República; (ii) ya habían contemplado la eventualidad de que el Estado interviniera la Comunidad Autónoma y habían decidido perseverar en su determinación; (iii) el documento Enfocats recoge “un plan de actuación para la desconexión forzosa y garantizar el éxito de una eventual vía unilateral”, que expone con cierto detalle en el auto, y con esto se planificó generar un conflicto que girara alrededor del referéndum y de la DUI, contemplándose los distintos escenarios que se podrían abrir y, en todo caso, ante la aplicación del artículo 155 CE, los planes reflejan que el riesgo de permanencia en el delito existe. Aunque se considera que todos pueden reiterar la perpetración de los hechos, como la lesividad que pueden generar las acciones de unos y otros no es la misma, acuerda la prisión incondicional para Junqueras, Forn, Sánchez y Cuixart por sus aportaciones directamente vinculadas a una explosión violenta, en tanto que modifica la medida para el resto, acordando la prisión eludible mediante fianza.

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