Читать книгу Compensaciones e indemnizaciones en las relaciones familiares онлайн
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Este precepto, basado en los principios de libertad e igualdad de los cónyuges, y en la existencia de derechos y deberes recíprocos, establece el principio de contribución de ambos a las cargas comunes, y lo establece como un principio general de todo el sistema y aplicable a todo régimen matrimonial de bienes cualquiera que sea, convencional o subsidiario, al estar recogida la obligación dentro de las normas integrantes del llamado régimen primariossss1.
Por ello este deber de contribución existe también si el régimen de los cónyuges es el de separación de bienes, lo que hace indispensable intentar establecer cuál es el concepto de “cargas del matrimonio” a las que ambos cónyuges deben contribuir.
Y doctrina y jurisprudenciassss1 de manera prácticamente unánime sostienen que deben entenderse por cargas del matrimonio todas las que derivan de las necesidades ordinarias de la familia, de acuerdo con los usos sociales y la posición de la misma, y que por ello coinciden básicamente con las cargas de la sociedad de gananciales recogidas en el apartado 1.° del art. 1362 del Código Civil.