Читать книгу Compensaciones e indemnizaciones en las relaciones familiares онлайн
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En primer lugar, el precepto exige de manera expresa el carácter oneroso de la adquisición. Exigencia que ha sido reiterada por el Tribunal Supremo, como se observa en la Sentencia de 26 de febrero de 2002, al exigir ratio decidendi que la adquisición por el matrimonio fuera a título oneroso. En el supuesto de hecho, el marido casado en sociedad de gananciales había recibido por donación de sus padres en escritura pública una vivienda; donación remuneratoria en la que el donatario se había subrogado en el préstamo hipotecario que gravaba la vivienda. Diez años después de la donación, el matrimonio pacta en capitulaciones matrimoniales el régimen de separación de bienes, y en el inventario de liquidación de la sociedad de gananciales incluyen la vivienda donada como ganancial por adquisición conjunta por compraventa. El litigio cuestiona el carácter privativo o ganancial de la vivienda que hacen depender del título –gratuito u oneroso– de adquisición, sin atender al hecho –que no se había alegado– de que entre la donación y la pretendida atribución de ganancialidad habían transcurrido 10 años. El Tribunal Supremo aprecia la adquisición por donación a título gratuito, pues aunque el hijo se había subrogado en el préstamo hipotecario “el importe de ese gravamen sería inferior al valor del bien donado”. En consecuencia, atendiendo al carácter gratuito de la adquisición, estima la aplicación indebida del artículo 1355.1 del Código civil, casa la sentencia de apelación y confirma la de primera instancia a favor del carácter privativo de la viviendassss1.