Читать книгу Compensaciones e indemnizaciones en las relaciones familiares онлайн

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La Dirección General de Tributos incide nuevamente en la calificación de la vivienda familiar, adquirida por uno de los cónyuges antes del matrimonio y gravada con un préstamo hipotecario, en la Resolución de 22 de noviembre de 2017 (consulta V3045-17), al analizar la deducción por inversión en vivienda habitual por el 50% de las aportaciones gananciales para el otro cónyuge. Reitera la remisión del artículo 1357.2 al artículo 1354 ambos del Código civil y, en consecuencia, estima el carácter proindiviso de la vivienda por las aportaciones del cónyuge con dinero privativo antes de contraer matrimonio y por las amortizaciones del préstamo que se satisfarán con dinero ganancial.

La aplicación a la vivienda familiar gravada con un préstamo hipotecario contraído únicamente por el cónyuge comprador de la regla de la compra a plazos plantea un problema adicional cuando no se ha pagado íntegramente el préstamo antes de la disolución de la sociedad de gananciales. Problema que converge en dos cuestiones interrelacionadas entre sí: quién debe seguir haciendo frente a los plazos no devengados cuando se disuelve la sociedad de gananciales, y cómo se determinan las cuotas proindiviso del bienssss1.

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