Читать книгу Análisis de la actual configuración del despido colectivo онлайн

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Posteriormente, el Decreto 3090/1972ssss1 deroga el anterior Decreto de 1944, y configura también, dada la situación de alta tasa de desocupación del momento, mayores poderes empresariales para poder modificar la relación de trabajo. Esta norma introduce nuevos elementos. Por un lado, ya no se refiere a “crisis” sino a una terminología más moderna como la naturaleza “tecnológica o económica de aquellas”. Además, las medidas a adoptar por la empresa son varias, tales como “extinción, suspensión o modificación de la relación laboral”. Asimismo, en cuanto a la previa autorización de la Administración laboral sigue siendo el elemento central del despido colectivo. Y, en cuanto a la indemnización, su art. 14 establece que “al tiempo de promoverse el expediente o en cualquier momento de su tramitación las personas interesadas podrán formular oferta de indemnización para los supuestos correspondientes”.

En 1976, con la Ley 16/1976ssss1 se introducen mejoras considerables en los derechos de las personas trabajadoras. Como indica la doctrina “las enormes dificultades, tensiones y contradicciones del momento político y económico, pero también la convicción de que se estaba abriendo una nueva etapa institucional, se hacen patentes en la norma laboral más característica: la Ley de Relaciones Laborales de 8 de abril de 1976, que introduce mejoras importantes en los derechos de los trabajadores, dejándose llevar en ello más por la fuerte presión del clima social y político que por los requerimientos de la difícil situación económica”ssss1.

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