Читать книгу Medidas cautelares y diligencias preliminares en el ámbito civil онлайн

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Como señala el AAP de Barcelona (Sección 15.ª), 76/2004, de 1 de junio (JUR 2004, 204912), “(s)i de lo que se trata es de asegurar la efectividad de una condena pecuniaria mediante la medida típica que es el embargo preventivo, el peligro que puede amenazar la efectividad del derecho es el determinado por comportamientos elusivos, ocultación patrimonial o previsible insolvencia, de modo que el solicitante debe ofrecer justificación bastante, sobre la base de datos fácticos concretos afectantes a la persona que ha de padecer la medida, de que tales situaciones de riesgo pueden, razonablemente, producirse durante la tramitación del proceso”.

Por tanto, el riesgo de insolvencia u ocultación patrimonial por la dilación propia del procedimiento principal, y el desconocimiento de otros bienes del demandado distintos de aquellos cuyo embargo se solicitan, o en su caso, de otros bienes libres de cargas, justifican la concurrencia del peligro por la mora procesal cuando se interesa la medida de embargo preventivo.

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